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Viernes, 16 de octubre de 2026
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Salarios de casas particulares: cuánto perciben en septiembre las empleadas con jornada de cuatro horas semanales

La escala vigente para el personal de tareas generales, cuidado de personas, tareas específicas y supervisión oscila entre $15.658,56 y $20.198,32, con diferencias según la categoría y la modalidad con o sin retiro. El ajuste mensual es del 1,8% y se complementa con la incorporación gradual de un adicional extraordinario.

Por Matías CárcamoPetróleo y energía · · hace 37 d
Salarios de casas particulares: cuánto perciben en septiembre las empleadas con jornada de cuatro horas semanales

Un nuevo cuadro tarifario rige desde septiembre para el personal de casas particulares en la Argentina, con incrementos del 1,8% sobre los valores de agosto y la progresiva incorporación de una suma no remunerativa abonada el mes anterior. La escala salarial para quienes se desempeñan en la modalidad de cuatro horas semanales fija pisos mínimos que van de $15.658,56 a $20.198,32, de acuerdo con la tarea desempeñada y con la condición de retiro o no del domicilio en el que se prestan los servicios.

El valor más bajo corresponde al personal de tareas generales con retiro, que percibe $15.658,56 por cuatro horas semanales, resultado de multiplicar el piso horario de $3.914,64 por la cantidad de horas pactadas. En la misma categoría, pero sin retiro, la remuneración mínima se ubica en $16.743,76, con un valor hora de $4.185,94. La diferencia entre ambas modalidades refleja el componente adicional por alojamiento y permanencia en el hogar empleador.

Las distintas categorías y sus valores mínimos

  • Tareas generales con retiro: $15.658,56 por cuatro horas semanales (valor hora: $3.914,64).
  • Tareas generales sin retiro: $16.743,76 por cuatro horas semanales (valor hora: $4.185,94).
  • Asistencia y cuidado de personas con retiro: $16.743,76 por cuatro horas semanales.
  • Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $18.567,60 por cuatro horas semanales.
  • Caseros: $16.743,76 por cuatro horas semanales.
  • Tareas específicas con retiro: $17.690,16 por cuatro horas semanales.
  • Tareas específicas sin retiro: $19.239,20 por cuatro horas semanales.
  • Supervisión con retiro: $18.581,32 por cuatro horas semanales.
  • Supervisión sin retiro: $20.198,32 por cuatro horas semanales.

Las categorías de tareas específicas y supervisión concentran los valores más elevados. En tareas específicas, el piso semanal de cuatro horas se ubica entre $17.690,16 con retiro y $19.239,20 sin retiro. Las supervisoras representan el extremo superior de la escala: perciben desde $18.581,32 con retiro hasta $20.198,32 sin retiro. Cuando una trabajadora cumple funciones correspondientes a más de una categoría, la normativa dispone que se la encuadre según la actividad principal que realiza de forma habitual, definición que determina el valor hora aplicable.

El cronograma de incrementos y el adicional extraordinario

El ajuste de septiembre es del 1,8% sobre las remuneraciones de agosto. La resolución que lo establece fija además los porcentajes aplicables en los meses siguientes: 1,7% en octubre y 1,6% tanto en noviembre como en diciembre. Cada incremento se calcula sobre los valores del período previo, por lo que la acumulación de los cuatro tramos configura el sendero de actualización hasta fin de año.

A ese cronograma se suma la incorporación gradual de una suma extraordinaria abonada en agosto. Las trabajadoras con menos de 12 horas semanales recibieron ese mes un adicional de $8.000 (suma fija no remunerativa). Ese importe se incorpora al salario básico en tres etapas: $2.000 en septiembre, $4.000 en octubre y $2.000 en noviembre, hasta completar el total. La progresiva integración de esa suma se refleja como un incremento adicional al porcentaje mensual, configurando un esquema combinado de actualización.

Los valores para la modalidad mensualizada

Para quienes se desempeñan bajo la modalidad mensual, los pisos difieren sustancialmente. En septiembre, el mínimo para tareas generales con retiro se ubica en $480.247,85 y sin retiro en $529.261,78. Las supervisoras mensualizadas perciben desde $579.493,14 con retiro hasta $640.641,55 sin retiro. La escala del material difundido no precisa los valores correspondientes a asistencia y cuidado de personas, tareas específicas ni caseros mensualizados, por lo que esos montos quedan pendientes de confirmación en la próxima publicación oficial.

Los montos establecidos por la normativa vigente tienen carácter de pisos legales, es decir, constituyen la remuneración mínima que el empleador debe abonar por las tareas y la jornada pactada. No obstante, las partes conservan la posibilidad de acordar retribuciones superiores a los valores definidos en la escala, siempre que se respeten los demás derechos laborales reconocidos por el régimen aplicable al personal de casas particulares. Matías Cárcamo, Petróleo y energía.

MC
Matías CárcamoPetróleo y energía

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