Prestación por Desempleo de Anses: dos a doce cuotas y un plus de seis meses para mayores de 45
El beneficio está destinado a trabajadores registrados que fueron despedidos sin causa o quedaron sin empleo por otras situaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo; el monto y la extensión se definen según los aportes previos y la edad.
Un dato central marca el pulso de la cobertura: quienes pierdan un empleo registrado en relación de dependencia pueden acceder a un mínimo de dos cuotas y un máximo de doce cuotas mensuales a través de la Prestación por Desempleo que administra la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo con los salarios y los períodos aportados en los tres años anteriores a la solicitud, mientras que para los mayores de 45 años la cobertura puede estirarse seis meses adicionales, un diferencial pensado para los perfiles que más cuesta reinsertar en el mercado laboral.
La iniciativa está destinada a personas que se encontraban bajo relación de dependencia y quedaron desocupadas por motivos que no les son atribuibles, entre los que la normativa contempla el despido sin causa, el vencimiento del contrato a plazo fijo y otros supuestos previstos por la Ley de Contrato de Trabajo, lo que de entrada deja afuera a las renuncias voluntarias y a las desvinculaciones acordadas por mutuo deseo, una distinción clave que muchos lectores confunden y que suele generar consultas en las oficinas del organismo.
Qué papeles hacen falta para acreditar la desvinculación
- Despido sin causa: telegrama, carta documento o nota del empleador con firma certificada, en original y copia.
- Vencimiento de contrato a plazo fijo sin renovación: copia del contrato vencido.
- Renuncia del trabajador por causa justificada: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación enviados por el trabajador.
- En todos los casos, DNI del titular y documentación respaldatoria de la finalización del vínculo.
Más allá del documento que pruebe el corte del vínculo laboral, la Anses exige requisitos contributivos que funcionan como filtro adicional y que varían según el tipo de trabajador del que se trate: para los empleados permanentes se requieren al menos seis meses de aportes dentro de los tres años previos al cese, mientras que para los trabajadores eventuales y de temporada se pide haber trabajado menos de doce meses en los últimos tres años y superar los 90 días de aportes en el año inmediato anterior a la desvinculación, parámetros que suelen dejar afuera a quienes alternan períodos largos de informalidad con empleos registrados de corta duración.
Cómo se tramita y cómo se cobra el beneficio
La presentación se canaliza por dos vías que coexisten y que conviene conocer antes de moverse: la primera es la modalidad virtual, para lo cual se necesita contar con CUIL y Clave de la Seguridad Social, clave que puede generarse en el mismo momento de iniciar la gestión si todavía no se dispone de ella, y la segunda es la atención presencial en una oficina de la Anses, para la que resulta imprescindible haber sacado un turno previo, un paso que en la práctica funciona como filtro para evitar colas y que ha ido reemplazando a la atención por orden de llegada en la mayoría de las delegaciones del país.
El cobro se deposita en una cuenta bancaria que la propia Anses tramita como Caja de Ahorro de la Seguridad Social y que el banco entrega junto con una tarjeta de débito, de modo que el beneficiario no necesita tener una cuenta abierta previamente; si el titular ya percibe otra prestación del organismo, los fondos se acreditan directamente en esa misma cuenta, un mecanismo que reduce la burocracia pero que también concentra todo el movimiento en una sola entidad financiera, lo que para algunos usuarios limita opciones de cambio de banco o de uso de cajeros automáticos en zonas donde la red no es tan densa.
Frente a un escenario económico en el que los despidos y las no renovaciones de contratos vuelven a ganar espacio en la agenda cotidiana, resulta llamativo que la cobertura siga funcionando con la misma lógica de hace décadas: hablamos de un beneficio que reemplaza solo una parte del ingreso perdido, que se mueve en un rango que va de dos a doce cuotas -ampliables a dieciocho para mayores de 45-, y que exige un trámite que combina papelería, turnos y requisitos contributivos no siempre conocidos por quienes más lo necesitan, de modo que lo que falta no es tanto una reforma integral del esquema sino una campaña de difusión mucho más agresiva que acerque la herramienta a los trabajadores damnificados antes de que se cumpla el plazo para solicitarla.
