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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Paritaria del sector concesionarios: salarios escalonados por categoría hasta diciembre

SMATA y ACARA firmaron montos nominales diferenciados para octubre, noviembre y diciembre, con beneficios adicionales, y retomarán la discusión en enero para evaluar la inflación del trimestre.

Por Matías CárcamoPetróleo y energía · · hace 2 h
Paritaria del sector concesionarios: salarios escalonados por categoría hasta diciembre

Los trabajadores de concesionarias de autos comenzaron a cobrar nuevos salarios desde el 1° de octubre. El acuerdo firmado entre el sindicato SMATA y la cámara ACARA alcanza al período octubre-diciembre, se encuadra en el convenio colectivo de trabajo 99/23 y fija montos nominales distintos según la categoría, sin aplicar un porcentaje único a todos los escalafones.

Escalas salariales y comisiones

Para octubre y noviembre, las escalas parten de $1.073.088,67 para vendedores de planes de ahorro y para vendedores itinerantes de repuestos, en una franja, y alcanzan los $1.099.915,89 en la franja siguiente. En diciembre se suma un incremento complementario sobre esos valores base. Por fuera del sueldo fijo, el personal de ventas mantiene una comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos.

Beneficios y adicionales

  • Antigüedad: escala que parte del 3 por ciento a los dos años de servicio y llega al 39 por ciento a los 26 años.
  • Idioma extranjero: suplemento del 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio.
  • Título habilitante: suplemento del 10 por ciento sobre el básico.
  • Zona desfavorable: plus del 20 por ciento para tareas en Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
  • Transporte: compensación por transporte público o propio.
  • Vacaciones: asignación equivalente a 130 horas anuales.
  • Fallecimiento de familiares directos: subsidio calculado sobre la categoría máxima del escalafón.

El acuerdo establece además que las empresas deben encuadrar al menos el 10 por ciento de su dotación en los dos escalafones más altos del convenio. Ambas partes precisaron que el acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación, es decir, para su aprobación formal por parte del organismo, pero aclararon que el texto es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial.

Lo que resta definir

En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional. Hasta ese momento, la pregunta sobre si los valores acordados alcanzarán para sostener el poder adquisitivo de los trabajadores del sector durante todo el año permanece abierta.

MC
Matías CárcamoPetróleo y energía

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