Cuatro años, un hombro y una pelea que la Justicia le dio la razón al operario
Un embalador neuquino perdió su trabajo luego de lesionarse el hombro y pedir tareas más livianas. La cooperativa dijo que no tenía dónde reubicarlo. La Cámara de Apelaciones confirmó que esa sola afirmación no alcanza cuando hay testigos que desmienten esa versión.
Lo imagino en el galpón, con la manga del buzo arremangada y la mano todavía tanteándose el hombro derecho cada vez que tiene que tomar una caja. Este hombre trabajó más de una década embalando fruta en una cooperativa de Neuquén. Se rompió el hombro en agosto de 2021, mientras cargaba peras y manzanas como tantas otras veces. Y lo que empezó como un accidente laboral terminó convirtiéndose, cuatro años más tarde, en una condena firme contra la empresa que lo dejó en la calle.
El accidente y la pulseada por volver
El operario había ingresado a la cooperativa en enero de 2011 como embalador de primera categoría. Su trabajo era armar y cargar cajas con fruta, una de las tareas más pesadas de la línea de empaque. En todo ese tiempo no acumuló sanciones ni observaciones en su legajo. Hasta ese agosto en que el hombro dijo basta.
La ART se hizo cargo del tratamiento durante ocho meses. En abril de 2022 le extendió el alta con una condición: podía volver a trabajar solo si se le asignaban tareas compatibles con su lesión, porque levantar peso estaba fuera de discusión. El hombre tomó ese papel y mandó un telegrama pidiendo la reincorporación. La cooperativa le respondió por carta documento: sí, reconocieron la restricción médica, pero, según dijeron, no había ningún puesto disponible que se ajustara a esa limitación.
El operario insistió por escrito. Hasta se tomó el trabajo de detallar en qué sectores del galpón podía desempeñarse sin forzar el hombro. La respuesta fue la misma. Frente a esa pared, se consideró despedido en forma indirecta, la figura legal que habilita al trabajador a cortar el vínculo cuando entiende que la patronal no le dejó otra salida.
Lo que contaron los compañeros
- Varios compañeros coincidieron en que, cuando alguien se lesionaba o no podía cargar peso, la empresa lo reubicaba en otras tareas.
- Describieron funciones concretas que no requerían levantar peso: sellado de etiquetas, fichado de cajas con engrudo y colgado en el sector conocido como "el aéreo".
- Uno de los testigos señaló que al menos cuatro embaladores habían sido pasados a otros sectores en situaciones similares.
Esos testimonios fueron los que terminaron inclinando la balanza. El juez Luis Trani, del Juzgado Laboral N°3 de Neuquén, los calificó como "coherentes, ordenados y concordantes" y concluyó que la cooperativa tenía la posibilidad real de reubicar al trabajador y eligió no hacerlo. La sentencia dejó además un principio bien claro para estos casos: cuando una empresa dice que no tiene puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, es ella la que tiene que demostrarlo. No alcanza con afirmarlo.
La condena y lo que viene
La Cámara de Apelaciones confirmó el fallo. El monto de condena quedó en 676.751 pesos más intereses calculados desde 2022, una cifra muy por debajo de los más de cuatro millones que había reclamado la parte actora en el juicio. Aun así, lo que la Justicia dejó firme es otra cosa: la cooperativa no pudo probar lo que dijo, y por eso terminó pagando.
Cuando uno lee en frío esta historia, entiende rápido por qué pega tan fuerte. Acá no hay gritos ni golpes ni un despido firmado a las apuradas. Hay algo más silencioso y por momentos más cruel: un hombre pidiendo volver a su trabajo, una empresa que le cierra la puerta con un "no hay lugar" y un sistema que recién cuatro años más tarde le dice que ese no estaba bien fundado. Lo que sigue es la discusión de los números, porque los intereses y las actualizaciones van a correr hasta que se pague. Pero la discusión de fondo, la que cuenta para cualquiera que hoy esté lidiando con una ART, un alta con restricciones y un patrón que no quiere saber nada, ya quedó resuelta: quien sostiene que no hay tareas compatibles, tiene que demostrarlo con papeles, testigos y números, no solo con una carta documento.
