El personal doméstico percibe nuevos pisos salariales desde octubre tras la Resolución 6/2026
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares fijó incrementos escalonados hasta diciembre y ordenó absorber al básico la mitad de la suma no remunerativa abonada en agosto
El personal de casas particulares percibe, desde el 1 de octubre, nuevos salarios mínimos establecidos por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. La norma, según la información oficial del organismo, fija subas mensuales escalonadas entre agosto y diciembre para todas las categorías y modalidades de contratación.
El esquema acordado contempla un incremento del 1,9% en agosto, del 1,8% en septiembre, del 1,7% en octubre y del 1,6% tanto en noviembre como en diciembre, tomando como referencia los valores previamente vigentes. El ajuste alcanza a las personas trabajadoras remuneradas por hora y a quienes perciben una retribución mensual, en cada una de las categorías contempladas por el régimen.
Incorporación
De manera paralela al porcentaje de aumento de octubre, se incorporó al salario básico el 50% de la suma no remunerativa que se había abonado en agosto. Ese monto fluctuaba entre 8.000 y 20.000 pesos, de acuerdo con la cantidad de horas semanales trabajadas.
Valores
Los pisos salariales por hora varían según la categoría laboral y la modalidad de la prestación, que contempla dos alternativas principales: trabajo con retiro y trabajo sin retiro. La diferencia se observa de manera directa en las escalas que pueden consultarse en los cuadros anexos a la resolución.
- Las horas extra en días comunes tienen un recargo del 50% sobre el valor horario normal.
- El recargo se eleva al 100% cuando el trabajo se realiza los sábados después de las 13, los domingos o los feriados.
- El personal de casas particulares percibe, además, un adicional por zona desfavorable del 31% cuando el domicilio laboral se ubica en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.
- La antigüedad se reconoce con un adicional equivalente al 1% del salario por cada año de servicio prestado al mismo empleador, calculado exclusivamente sobre los años de esa relación laboral en particular.
Fuente
Los datos consignados provienen de la Resolución 6/2026 publicada por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, organismo paritario dependiente del Ministerio de Capital Humano.
