El Gobierno renovó por un año el piso de asignaciones familiares para los trabajadores rurales temporarios
El Decreto 1204/2026, publicado en el Boletín Oficial, extiende hasta septiembre de 2027 la garantía de que los empleados agropecuarios contratados por temporada o de manera discontinua perciban asignaciones familiares equivalentes al cien por ciento de la Asignación Universal por Hijo. La medida no altera escalas salariales ni aportes patronales.
La Resolución 1204/2026 del Boletín Oficial, con vigencia desde el primero de septiembre de 2026, extiende por doce meses más la garantía que impide que los trabajadores rurales temporarios y los permanentes discontinuos del Régimen de Trabajo Agrario queden por debajo del ciento por ciento del valor de la Asignación Universal por Hijo. La normativa, cuyo plazo original venció a fines de agosto pasado, fue impulsada luego de los pedidos formales que habían elevado entidades gremiales del agro, asociaciones de productores y representantes de las economías regionales.
El esquema, establecido en 2021 y renovado en sucesivas oportunidades, apunta a incentivar la registración laboral en las economías regionales, donde las tareas de cosecha y otras actividades agrícolas concentran mano de obra contratada por períodos cortos o de manera discontinua. La cobertura alcanza al personal temporario del Régimen de Trabajo Agrario y a quienes se desempeñan bajo contrato de temporada en actividades agropecuarias según la Ley de Contrato de Trabajo, sin abarcar al universo completo del personal rural permanente.
Compatibilidad
Un aspecto destacado por el texto oficial es la cláusula que permite a los titulares de determinados programas sociales acceder a un trabajo registrado sin perder automáticamente el beneficio. Las condiciones de cada plan se rigen, no obstante, por su propia normativa de acceso, por lo que la compatibilidad efectiva depende del cruce entre el decreto y las normas de cada prestación.
La extensión no introduce modificaciones en las escalas salariales vigentes ni altera los aportes y contribuciones patronales del sector. Tampoco fija un monto nominal en pesos para la Asignación Universal por Hijo ni dispone incrementos adicionales al valor que rija en cada momento según los parámetros habituales de actualización.
- Vigencia: desde el 1 de septiembre de 2026, por el término de doce meses.
- Alcance: personal temporario y permanentes discontinuos del Régimen de Trabajo Agrario y contratados por temporada bajo la Ley de Contrato de Trabajo.
- Piso garantizado: cien por ciento del valor de la Asignación Universal por Hijo.
- Compatibilidad: se mantiene la posibilidad de conservar ciertos planes sociales al acceder a un empleo registrado.
- Aportes y contribuciones: sin cambios en el esquema vigente.
